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Fiscalía de Oaxaca obtiene sentencia de 19 años de prisión contra responsable de Violencia Familiar que indujo al suicidio de la víctima en el Istmo de Tehuantepec

Oaxaca de Juárez, Oax., a 31 de enero de 2024.- Tras abordar la investigación con estricto apego a la perspectiva de género, la Fiscalía General del Estado de Oaxaca (FGEO) obtuvo sentencia condenatoria de 19 años de prisión, en contra de Kleiver Nazario E. H., responsable por la comisión del delito de Violencia Familiar, cometido en agravio de su hijo y su pareja, esta última quien fue sometida a violencia psicoemocional que derivó en suicidio.

De acuerdo con el expediente penal del caso, la víctima mujer (identificada por las iniciales F. A. H. U.) sufrió diferentes tipos de violencia durante la relación que sostuvo con Kleiver Nazario E. H., como el 10 de enero de 2021, cuando la mujer fue golpeada en diferentes partes del cuerpo, hechos que sucedieron en su domicilio localizado en la colonia Petrolera, perteneciente al municipio de Salina Cruz, en la región del Istmo de Tehuantepec.

Además, que la FGEO, a través de la Vicefiscalía Regional del Istmo, logró establecer que, entre noviembre de 2021 y agosto de 2022, F. A. H. U. estuvo sometida a violencia psicoemocional por parte del imputado.

Por lo que, el 19 de agosto de 2022, posterior a una detención por parte de elementos de la Policía Municipal de Salina Cruz, F. A. H. U. se quitó la vida en el interior de los separos de la corporación, dejando constancia documental que dicha decisión la tomó inducida por el entorno de violencia psicoemocional y física que padecía.

La Fiscalía de Oaxaca realizó las investigaciones correspondientes aplicando los protocolos de género, entregando los resultados de las indagatorias, con base en los cuales el Juez Unitario del Tribunal de Enjuiciamiento del Istmo de Tehuantepec dictó sentencia condenatoria en contra de Kleiver Nazario E. H. con la pena máxima de acuerdo a la tipicidad que es de 19 años de prisión, además que impuso el pago de una multa y reparación del daño en abstracto para las víctimas indirectas.

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