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Aprueba Congreso transferir Hospital de la Niñez Oaxaqueña al IMSS-Bienestar

 

• Se abrogan los Decretos 234 y 804.

San Raymundo Jalpan, Oax. 3 de julio de 2024.- En sesión extraordinaria, el Pleno de la LXV Legislatura local aprobó con 34 votos la abrogación de los Decretos 234 y 804 que crearon el «Hospital de la Niñez Oaxaqueña Doctor Guillermo Zárate Mijangos», para ser transferido a los Servicios de Salud del Instituto Mexicano del Seguro Social para el Bienestar (IMSS-Bienestar).

Este cambio fue propuesto por las diputadas y los diputados del Grupo Parlamentario de Morena, que coordina el diputado Sergio López Sánchez.

De acuerdo con el dictamen aprobado, la abrogación es para dar continuidad a la federalización de los servicios de salud, que se acordó el 14 de octubre de 2022 entre el Gobierno del Estado de Oaxaca y el entonces Instituto de Salud para el Bienestar (INSABI), a través del convenio de colaboración para transferir la administración y operación de dicho hospital.

Y debido a que el 29 de mayo de 2023, fue reformada la Ley General de Salud, para regular el Sistema de Salud para el Bienestar, por lo cual se aprobó la desaparición del INSABI, para que fuese absorbido por el IMSS-Bienestar, ahora la federalización del Hospital de la Niñez debe darse con esta última institución, conforme a lo establecido en el transitorio quinto del decreto aprobado.

El objetivo de ello, destacó el Grupo Parlamentario de Morena, es cumplir el propósito del presidente de México, Andrés Manuel López Obrador, de que todas y todos los habitantes del país puedan recibir atención médica y hospitalaria gratuita, incluidos los medicamentos, materiales de curación y los exámenes clínicos.

«La estrategia nacional pretende la transformación del sistema de salud, encaminada hacia la universalidad del servicio», señaló el Grupo Parlamentario de Morena.

Derivado de esta federalización, se abrogó el Decreto 234 de la Quincuagésima Sexta Legislatura del Congreso de Oaxaca, por el que se crea el organismo público descentralizado del Gobierno del Estado, denominado “Hospital de la Niñez Oaxaqueña”.

Asimismo, se suprimió el Decreto 804 de la Sexagésima Cuarta Legislatura del Congreso local por el que se reforma la denominación del referido organismo público descentralizado para quedar como “Hospital de la Niñez Oaxaqueña Doctor Guillermo Zárate Mijangos”.

La Quincuagésima Sexta Legislatura de Oaxaca, el 20 junio de 1998 emitió el Decreto 234, por el que se crea el organismo público descentralizado del Gobierno del Estado, denominado “Hospital de la Niñez Oaxaqueña”.

El Hospital de la Niñez Oaxaqueña fue inaugurado el 29 de octubre de 1998 e inició sus actividades de atención médica el 16 de noviembre del mismo año, con una plantilla laboral de 148 trabajadores, entre los que se contaban médicos especialistas, enfermeras y trabajadores administrativos, para otorgar servicios de consulta médica, hospitalización, cirugías, laboratorio clínico, imagenología y servicio de transfusión.

Con la iniciativa aprobada, en el transitorio tercero se establece que “se extingue el Organismo Público Descentralizado del Gobierno del Estado, denominado “Hospital de la Niñez Oaxaqueña Doctor Guillermo Zárate Mijangos”.

Mientras en el cuarto se indica que los recursos materiales, muebles e inmuebles que formen parte del patrimonio de dicho hospital, pasarán a formar parte de los activos de la federación, a través de los Servicios de Salud del Instituto Mexicano del Seguro Social para el Bienestar (IMSS-Bienestar).

En el quinto, que las obligaciones y derechos derivados de contratos, convenios o cualquier otro instrumento legal, suscrito por el Hospital de la Niñez Oaxaqueña, se entenderán subrogadas y contraídas por los Servicios de Salud del Instituto Mexicano del Seguro Social para el Bienestar (IMSS-Bienestar).

Asimismo, “se faculta a la entonces persona titular del “Hospital de la Niñez Oaxaqueña Doctor Guillermo Zárate Mijangos”, para que, dentro del plazo máximo de 60 días naturales contados a partir de la publicación del presente Decreto, concluya ante las instancias competentes los trámites administrativos de índole presupuestal, contable, fiscal y en materia de transparencia, para dar cumplimiento al presente Decreto”.

En tanto, en el transitorio sexto se establece que los nombramientos por condición laboral de mandos medios y superiores otorgados desde la creación del referido hospital, quedan sin efecto, por lo que los servidores públicos salientes deberán realizar las transferencias y procesos de entrega-recepción a Servicios de Salud del Instituto Mexicano del Seguro Social para el Bienestar (IMSS-Bienestar).

Al resto del personal se le salvaguardan sus derechos laborales conforme a la ley, refiere el dictamen aprobado.

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